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El largo camino hacia la equiparación entre laudos y resoluciones judiciales: la necesidad de acudir al auxilio judicial para inscribir un laudo cautelar decretando una anotación preventiva de demanda. Sentencia de la Audiencia Provincial de Girona de 4 de marzo de 2022.

Producció científica: Contribució a revistaArticle científic

Resum

La sentencia objeto del presente comentario resuelve que no procede inscribir en el registro de la propiedad una medida cautelar de anotación preventiva de demanda decretada por un árbitro si no es mediante el correspondiente mandamiento judicial. En el comentario, por el contrario, se defiende que, entre otras razones, en virtud de la equiparación entre laudo y sentencia judicial, puede procederse a la referida inscripción registral mediante el propio laudo, sin necesidad de una resolución judicial que la autorice.
Idioma originalEspanyol
Pàgines (de-a)1-8
Nombre de pàgines8
RevistaLa ley mediación y arbitraje
Número76643/2022
Estat de la publicacióData de publicació - 1 de des. 2022

Paraules clau

  • Arbitraje
  • Medidas cautelares

Com citar-ho